Artículo 957.- Salvo disposición legal en contrario, los derechos reales de hipoteca, anticresis y prenda son accesorios del derecho principal que garanticen.
Artículo 957
CAPITULO SEGUNDO DIFERENTES CLASES DE BIENES
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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