Artículo 986.- Es ilícito el ejercicio de los derechos reales cuando sólo cause perjuicios a persona distinta de su titular y sin utilidad para éste. 81
Artículo 986
CAPITULO SEGUNDO DIFERENTES CLASES DE BIENES
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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