Artículo 1196. Si un testamento se pierde por un evento ignorado por el testador o por haber sido ocultado por otra persona, pondrán los interesados exigir su cumplimiento si demuestran plenamente el hecho de la pérdida o de la ocultación; logran igualmente comprobar lo contenido en el mismo testamento y que en su otorgamiento si llenaron todas las formalidades legales.
Artículo 1196
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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