Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1197

Artículo 1197. La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita

Capítulo Segundo

De la capacidad para testar

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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