Artículo 1197. La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita
Capítulo Segundo
De la capacidad para testar
Artículo 1197. La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita
Capítulo Segundo
De la capacidad para testar
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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