Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1305

Artículo 1305. El legado queda sin efecto si la cosa legada perece viviendo el testador, si se pierde por evicción, fuera del caso previsto en el artículo 1352 o si perece después de la muerte del testador, sin culpa del heredero.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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