Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 1306

Artículo 1306. Queda también sin efecto el legado, si el testador enajena la cosa legada, pero vale si la recobra por un título legal.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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