Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 2014

Artículo 2014. Si el que enajena no sale sin justa causa al pleito de evicción, en tiempo hábil o si no rinde prueba alguna o no alega, queda obligado al saneamiento en los términos del artículo anterior.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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