Artículo 2343. La renta debe pagarse en los plazos convenidos y a falta de convenio, por meses vencidos.
Capítulo Quinto
Del arrendamiento de fincas rústicas
Artículo 2343. La renta debe pagarse en los plazos convenidos y a falta de convenio, por meses vencidos.
Capítulo Quinto
Del arrendamiento de fincas rústicas
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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