Artículo 2569. Los equipajes de los pasajeros responden perfectamente del importe del hospedaje; a éste efecto, los dueños de los establecimientos donde se hospeden podrán retenerlos en prenda hasta que obtengan el pago de lo adeudado.
Título Decimoprimero
De las asociaciones y de las sociedades
Capítulo Primero
De las asociaciones