Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 2652

Artículo 2652. Constituyen el objeto de esta aparcería las crías de los animales y sus productos, como pieles, crines, lana, leche, etc.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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