Artículo 394. Para obtener el Certificado de Idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Adopciones, deberán realizarse los estudios socioeconómicos, psicológicos, médicos y de trabajo social correspondientes, así como acreditar las capacitaciones necesarias para concientizar respecto de los efectos, derechos y obligaciones de la adopción. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)
Los procedimientos y plazos para la obtención del Certificado serán previstos en el Reglamento del Consejo Técnico de Adopciones. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)