Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 394

Artículo 394. Para obtener el Certificado de Idoneidad expedido por el Consejo Técnico de Adopciones, deberán realizarse los estudios socioeconómicos, psicológicos, médicos y de trabajo social correspondientes, así como acreditar las capacitaciones necesarias para concientizar respecto de los efectos, derechos y obligaciones de la adopción. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)

Los procedimientos y plazos para la obtención del Certificado serán previstos en el Reglamento del Consejo Técnico de Adopciones. (Ref. P. O. No. 19, 31-III-11)

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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