Código Civil del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 507

Artículo 507. El Ministerio Público y los parientes del pupilo, tienen derecho de promover la separación de los tutores cuando exista causa para ello.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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