Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo
Artículo 1026
TÍTULO QUINTO De la Tutela · CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
Artículo 1026.- El objeto de la tutela es la guarda, desarrollo, bienestar de la persona y bienes de ésta, así como la educación de la misma; pero en el caso de la fracción II del artículo anterior, su objeto preferente será la curación del incapaz.
Artículo reformado POE 10-12-2010
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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