Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 1074

TÍTULO QUINTO De la Tutela · CAPÍTULO CUARTO De la Tutela Legítima de Mayores Incapacitados

Artículo 1074. En el caso del artículo anterior, si son varias las personas descendientes que viven en compañía de quienes ejercieron la patria potestad, la persona Juzgadora elegirá entre ellos a la persona que parezca más apta.

Artículo reformado POE 31-05-2023

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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