Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 1144

TÍTULO QUINTO De la Tutela · CAPÍTULO OCTAVO Del Desempeño de la Tutela

Artículo 1144.- El nombramiento de árbitros hecho por el tutor deberá sujetarse a la aprobación del Juez, con audiencia del Ministerio Público.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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