Artículo 1379.- Cualquiera otra carga a que se halle afecto el bien legado, pasa con éste al legatario; pero en ambos casos las rentas y los réditos devengados hasta la muerte del testador son carga de la herencia.
SECCIÓN SÉPTIMA
Legado de Deuda
TÍTULO SEGUNDO De la Sucesión por Testamento · CAPÍTULO SÉPTIMO De los Legados
Artículo 1379.- Cualquiera otra carga a que se halle afecto el bien legado, pasa con éste al legatario; pero en ambos casos las rentas y los réditos devengados hasta la muerte del testador son carga de la herencia.
SECCIÓN SÉPTIMA
Legado de Deuda
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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