Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 3

Artículo 3.- Las leyes, reglamentos, o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos simultáneamente en todo el territorio del Estado tres días después de su publicación en el Periódico Oficial.

Si la ley, reglamento, o disposición de observancia general fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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