Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 3084

TÍTULO DUODÉCIMO Del contrato de prestación de servicios profesionales · CAPÍTULO PRIMERO De la hipoteca en general

Artículo 3084.- Pueden también ser hipotecados los bienes que ya lo estén anteriormente, aunque haya pacto de no volverlos a hipotecar, salvo en todo caso los derechos de prelación que establece este Código. El pacto de no volver a hipotecar es nulo.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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