Artículo 421.- La convalidación se retrotrae al día en que se celebró el negocio nulo; pero este efecto retroactivo no perjudicará derechos de tercero.
SECCIÓN TERCERA
De la conversión
TÍTULO TERCERO De los negocios jurídicos · CAPÍTULO UNDÉCIMO De la Invalidez, Convalidación, Conversión y
Artículo 421.- La convalidación se retrotrae al día en que se celebró el negocio nulo; pero este efecto retroactivo no perjudicará derechos de tercero.
SECCIÓN TERCERA
De la conversión
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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