Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 667

TÍTULO TERCERO De los Atributos de la Personalidad y de las · CAPÍTULO DÉCIMO Derechos de la Personalidad

Artículo 667.- Con relación a las personas físicas son ilícitos los hechos o actos que:

I.- Dañen o puedan dañar la vida de ellas;

II.- Restrinjan o puedan restringir, fuera de los casos permitidos por la ley, su libertad;

III.- Afecten o puedan afectar la integridad física de las mismas;

IV.- Lastimen el afecto, cualquiera que sea la causa de éste. que tengan ellas por otras personas o por un bien.

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.