Artículo 899.- La disposición anterior no es aplicable si el hijo tiene a su favor la presunción de que habla el artículo 882.
Artículo 899
TÍTULO PRIMERO Del Matrimonio · CAPÍTULO TERCERO De la Filiación
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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