ARTÍCULO 516 . Mientras que se califica el impedimento o la excusa, el Juez nombrará un tutor interino.
Artículo 516
TÍTULO IX DE LA TUTELA · CAPÍTULO VIII DE LAS EXCUSAS PARA EL DESEMPEÑO DE LA TUTELA
Última reforma de esta ley incorporada: 30 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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