Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1377

TITULO TERCERO De la Forma de los Testamentos · CAPITULO III Testamento Público Cerrado

ART. 1377.- En el caso del artículo anterior, si el testador no pudiere firmar la cubierta se observará lo dispuesto en los artículos 1372 y 1273, dando fe el notario de la elección que el testador haga de uno de los testigos para que firme por él.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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