Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1647

TITULO PRIMERO Fuentes de las Obligaciones · CAPITULO I BIS 146

ART. 1647.- La propuesta y aceptación hechas por telégrafo producen efectos si los contratantes con anterioridad habían estipulado por escrito esta manera de contratar, y si los originales de los respectivos telegramas contienen las firmas de los contratantes y los signos convencionales establecidos entre ellos.

Vicios del Consentimiento

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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