ART. 2062.- La acción y la excepción de nulidad por falta de forma compete a todos los interesados.
Artículo 2062
TITULO SEXTO De la Inexistencia y de la Nulidad
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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