Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2147

TITULO SEGUNDO De la Compra-Venta · CAPITULO VII De algunas modalidades del Contrato de Compra-Venta

ART. 2147.- El contrato de compraventa no requiere para su validez formalidad alguna especial, sino cuando recae sobre un inmueble.

Las escrituras públicas que contengan un contrato de compraventa, requieren para su validez formal el certificado previo de gravámenes o libertad de ellos, del inmueble materia del contrato. 198

(REFORMADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 1993)

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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