Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2687

TITULO DECIMO · CAPITULO VI De la Fianza legal o judicial

ART. 2687. También pueden darse en prenda los frutos pendientes de los bienes raíces que deben ser recogidos en tiempo determinado. Para que esta prenda surta sus efectos contra tercero necesitará inscribirse en el Registro Público de la Propiedad a que corresponda la finca respectiva. 255

El que dé los frutos en prenda se considerará como depositario de ellos, salvo convenio en contrario.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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