Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2742

TITULO DECIMO · CAPITULO I De la Hipoteca en General

ART. 2742.- Cuando se hipotequen varias fincas para la seguridad de un crédito, es forzoso determinar por qué porción del crédito responda cada finca, y puede cada una de ellas ser redimida del gravamen, pagándose la parte del crédito que garantiza.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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