Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2766

TITULO DECIMO · CAPITULO III De la hipoteca Necesaria

ART. 2766.- La constitución de la hipoteca en los casos a que se refieren las fracciones II y III del artículo anterior, puede ser perdida:

I.- En el caso de bienes de que fueren meros administradores los padres, por los herederos legítimos del menor;

II.- En el caso de bienes que administren los tutores, por los herederos legítimos y por el curador del incapacitado;

III.- Por el Ministerio Público, sino la pidieren las personas enumeradas en las fracciones anteriores.

(REFORMADO, P.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2008)

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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