Código Civil para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 3086

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO I DE LA FIANZA EN GENERAL

Artículo 3086.- La fianza puede ser civil o mercantil; son civiles las mencionadas en el artículo 3131, y aquellas que, conforme a la legislación mercantil, no tengan el carácter de comerciales.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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