Código Civil para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 3368

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO V DE LA EXTINCIÓN DE LAS HIPOTECAS

Artículo 3368.- La enfiteusis también es indivisible por lo que se refiere al derecho real del enfiteuta, de tal manera que si éste fraccionare el predio para los efectos de su aprovechamiento entre diversos interesados, continuará obligado al pago íntegro de la pensión, no siendo oponibles al dueño las divisiones que hubiere hecho.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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