Código Civil para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 3384

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO V DE LA EXTINCIÓN DE LAS HIPOTECAS

Artículo 3384.- Si la enfiteusis no estuviere registrada, los terceros adquirentes de buena fe, no quedarán sujetos a la mencionada condición resolutoria, sin perjuicio de la acción reivindicatoria del dueño.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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