Artículo 65.- Es ilícito en general el acto jurídico que se ejecuta en contra de las leyes de orden público o de las buenas costumbres, o violando normas prohibitivas.
Artículo 65
TÍTULO TERCERO DISPOSICIONES GENERALES PARA LOS ACTOS JURÍDICOS · CAPÍTULO I DE LA EXISTENCIA Y VALIDEZ DE LOS ACTOS JURÍDICOS
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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