ARTÍCULO 1281.-
Tiempo y forma
El modo de usar la servidumbre puede prescribirse en el tiempo y de la manera que la servidumbre misma.
TITULO SÉPTIMO DELAS SERVIDUMBRES 199 · CAPITULO VIII
ARTÍCULO 1281.-
Tiempo y forma
El modo de usar la servidumbre puede prescribirse en el tiempo y de la manera que la servidumbre misma.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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