ARTÍCULO 2508.-
Oposiciones personales
Podrá también el estipulante pasivo, salvo pacto en contrario, oponer al activo, además de las excepciones derivadas del contrato, las personales que tenga contra tercero beneficiario de la estipulación. 389
TITULO SEGUNDO ESTIPULACION EN FAVOR DE TERCERO 388 · CAPITULO UNICO
ARTÍCULO 2508.-
Oposiciones personales
Podrá también el estipulante pasivo, salvo pacto en contrario, oponer al activo, además de las excepciones derivadas del contrato, las personales que tenga contra tercero beneficiario de la estipulación. 389
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.