ARTÍCULO 2511.-
Cuándo no hay
Si las partes no determinan el bien o bienes vendidos ni establecen las bases para determinarlos, no hay compraventa.
TITULO SEGUNDO ESTIPULACION EN FAVOR DE TERCERO 388 · CAPITULO UNICO
ARTÍCULO 2511.-
Cuándo no hay
Si las partes no determinan el bien o bienes vendidos ni establecen las bases para determinarlos, no hay compraventa.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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