Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 2535

TITULO TERCERO DE LA COMPRAVENTA · CAPITULO II DE LA MATERIA DE LA COMPRAVENTA

ARTÍCULO 2535.-

Adquisición de la propiedad antes de la evicción

Si el vendedor adquiere por cualquier título legítimo la propiedad del bien vendido antes de que tenga lugar la evicción, la venta producirá todos sus efectos.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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