ARTÍCULO 2586.-
Nulidad de obligaciones más onerosas
Las convenciones que impongan al comprador obligaciones más onerosas que las expresadas en este Capítulo, serán nulas. 402
TITULO TERCERO DE LA COMPRAVENTA · CAPITULO VII DE ALGUNAS MODALIDADES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA
ARTÍCULO 2586.-
Nulidad de obligaciones más onerosas
Las convenciones que impongan al comprador obligaciones más onerosas que las expresadas en este Capítulo, serán nulas. 402
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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