ARTÍCULO 3264.-
Descubrimiento de nuevos títulos
El descubrimiento de nuevos títulos o documentos no es causa para anular la transacción, si no ha habido mala fe.
TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO I DE LA TRANSACCION
ARTÍCULO 3264.-
Descubrimiento de nuevos títulos
El descubrimiento de nuevos títulos o documentos no es causa para anular la transacción, si no ha habido mala fe.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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