ARTÍCULO 493.-
A quien corresponde
La tutela legítima corresponde:
I.- A los hermanos y hermanas; y
II.- Por falta o incapacidad de los hermanos, a los tíos, hermanos y hermanas del padre o de la madre.
TITULO DUODECIMO DE LA TUTELA · CAPITULO III DE LA TUTELA LEGÍTIMA DE LOS MENORES
ARTÍCULO 493.-
A quien corresponde
La tutela legítima corresponde:
I.- A los hermanos y hermanas; y
II.- Por falta o incapacidad de los hermanos, a los tíos, hermanos y hermanas del padre o de la madre.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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