ARTÍCULO 808.-
Puesta en liquidación
La disolución de la sociedad no modifica los compromisos contraídos con terceros.
SECCION QUINTA
DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD 141
TITULO DUODECIMO DE LA TUTELA · CAPITULO III DE LAS SOCIEDADES
ARTÍCULO 808.-
Puesta en liquidación
La disolución de la sociedad no modifica los compromisos contraídos con terceros.
SECCION QUINTA
DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD 141
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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