ARTÍCULO 893.-
Dudosa
Posesión dudosa, es la que se tiene por un título o hechos jurídicos que den lugar a dudas sobre la naturaleza originaria o precaria de la misma.
TITULO TERCERO DE LA POSESION · CAPITULO UNICO
ARTÍCULO 893.-
Dudosa
Posesión dudosa, es la que se tiene por un título o hechos jurídicos que den lugar a dudas sobre la naturaleza originaria o precaria de la misma.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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