Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 918

TITULO TERCERO DE LA POSESION · CAPITULO UNICO

ARTÍCULO 918.-

Cuáles son los gastos útiles

Son gastos útiles aquellos que, sin ser necesarios, aumentan el precio o producto del bien.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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