Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 1023

TÍTULO SEXTO DE LAS SERVIDUMBRES · CAPÍTULO VI DE LA EXTINCIÓN DE LAS SERVIDUMBRES

ARTÍCULO 1023.- La obligación es el vínculo de derecho por el cual una persona está sujeta a una prestación o a una abstención respecto de otra.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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