ARTICULO 1367.- El promitente tiene derecho de designar a la persona que deba decidir a quién o a quienes de los concursantes se otorga la recompensa.
Artículo 1367
TITULO TERCERO DE LA DECLARACION UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.
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