Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 14

ARTICULO 14.- Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público serán nulos, si las mismas leyes no disponen otra cosa. Es absoluta la nulidad que establece este artículo. 3

(REFORMADO, P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021)

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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