Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 1430

TITULO SEXTO DE LA LEY COMO FUENTE DE OBLIGACIONES

ARTICULO 1430.- La condición es suspensiva cuando de su cumplimiento depende la exigibilidad de la obligación. 234

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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