ARTICULO 1430.- La condición es suspensiva cuando de su cumplimiento depende la exigibilidad de la obligación. 234
Artículo 1430
TITULO SEXTO DE LA LEY COMO FUENTE DE OBLIGACIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.
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