Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 1432

TITULO SEPTIMO DE LAS DIFERENTES ESPECIES DE OBLIGACIONES · CAPITULO I DE LAS OBLIGACIONES CONDICIONALES

ARTICULO 1432.- La condición es casual cuando depende enteramente del acaso (sic), o de la voluntad de un tercero no interesado en el contrato.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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