Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 1881

TITULO TERCERO DE LA COMPRAVENTA · CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1881.- La venta del bien ajeno está afectada de nulidad absoluta; pero debe tenerse en cuenta lo que dispone este Código, para los adquirentes de buena fe.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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