Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 261

TITULO SEPTIMO DEL ESTADO DE INCAPACIDAD

ARTICULO 261.- Los hijos menores de edad no emancipados están bajo la patria potestad, mientras exista alguno de los ascendientes a quienes corresponde aquella, según la ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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